La Suprema Corte de Justicia de la Nación propuso avalar la constitucionalidad del uso de la geolocalización como mecanismo de seguridad.
Rubén Mosso
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucionales las leyes que permiten a los bancos geolocalizar los celulares de los clientes de bancos cuando se hagan operaciones financieras.
La medida, determinó la Sala, tiene como objetivo controlar la seguridad de las transacciones, garantizando la protección de sus datos personales.
La ministra Lenia Batres Guadarrama presentó un proyecto en que propuso declarar constitucional el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, mismo que faculta a los bancos a usar sistemas automatizados para proteger la seguridad de sus transacciones, al mismo tiempo que se les obliga a resguardar los datos personales que recopile por estas acciones, por un término de al menos 10 años.
Mujer pide cancelar geolocalización de su banco
El asunto derivó porque una mujer solicitó a su banco que cancelara los sistemas de geolocalización que aplicaba para ubicar los dispositivos desde los cuales hacía operaciones en línea, argumentando que representaba una amenaza a su privacidad.
Sin embargo, la institución bancaria respondió parcialmente a esta solicitud, por lo que la usuaria solicitó la intervención del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y finalmente promovió un amparo.
El juicio llegó hasta la Corte para que se determinara la constitucionalidad del artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito.
La ministra propuso avalar la constitucionalidad del uso de la geolocalización como mecanismo de seguridad en las operaciones de banca electrónica.
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“Es una herramienta que genera, de manera inmediata y precisa, legitimidad en las transacciones, reducción potencial del error humano, facilidad de identificación y notificación de transacciones sospechosas, también, permite identificar el comportamiento del cliente como base para determinar cuándo sus operaciones financieras parecen inusuales”.
Por qué los bancos piden la geolocalización
A partir del 23 de marzo de 2021, las personas usuarias de la banca en línea o apps bancarias deben permitirle a su banco que conozca su geolocalización, ya que de no hacerlo no podrán realizar transferencias y operaciones por medio de estas plataformas.
Esta medida obligatoria es derivada de la resolución que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de carácter general a las que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito y que fue publicada el 22 de marzo de 2019 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), dando un plazo de dos años para su aplicación.
Permitir el acceso a la ubicación en las aplicaciones de las instituciones financieras es solo un nuevo candado de seguridad y no tiene ningún otro fin. Es una medida que tiene como fin registrar los dispositivos celulares de las personas por medio de su localización tanto en celulares como en computadoras o tabletas electrónicas.
Así, en caso que algún cibercriminal logre tener acceso a las cuentas de un cliente en las aplicaciones o en otros dispositivos digitales, los bancos detectarán una operación de fraude y no permitirán que ninguna transacción se realice.
https://www.telediario.mx/nacional/bancos-avalan-geolocalizacion-de-usuarios-en-apps-bancarias