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Cámara de Diputados aprueba reforma a la Ley de Amparo   
 
     
 
 

Redacción / 2024-04-24

por EFE

CIUDAD DE MÉXICO.- La Cámara de Diputados aprobó la reforma a la Ley de Amparo que prohibirá a jueces otorgar suspensiones que prohíbe a jueces otorgar suspensiones contra obras, políticas y normas públicas, y procesos por posibles violaciones a derechos humanos.

Con 258 votos a favor, 213 en contra y cero abstenciones en la Cámara Baja avanzó la reforma a los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo.

Dicha reforma a los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo pretende erogar la facultad excepcional que tienen los juzgadores mexicanos de conceder suspensiones generales a una norma que pudiese tener alguna repercusión social.

La reforma propuesta por la bancada de Morena ahora es discutida en lo particular como trámite, previo a ser enviada para su publicación oficial, pues requiere solo de la mayoría simple, que cumplen los diputados oficialistas.

Avanza la reforma a la Ley de Amparo
El pasado 17 de abril, el Senado aprobó la reforma a la Ley de Amparo, presentada por el coordinador del Grupo Parlamentario de Morena en el Senado de la República, Ricardo Monreal Ávila.

Este miércoles fue aprobada en la Cámara de Diputados tras ser avalada por la mayoría morenista en la Comisión de Justicia.

La reforma a la Ley de Amparo implica que los amparos otorgados por el Poder Judicial tengan un alcance individual para quien lo solicitó, pero no un alcance colectivo, como en casos cuando una obra de gobierno o política pública afecta a una comunidad.

La iniciativa agrega que cuando se trate de un juicio de amparo contra alguna inconstitucionalidad de normas generales, “en ningún caso, las suspensiones que se dicten fijarán efectos generales”.

Esto limita a los jueces conceder suspensiones provisionales o definitivas con efectos generales cuando conozcan de amparos contra leyes expedidas por el Congreso mexicano o Congresos estatales.

En el dictamen aprobado se destaca que se trata de una medida que permitirá garantizar “el respeto irrestricto a la separación de poderes” y, fundamentalmente, el principio de presunción de constitucionalidad de las leyes.

También se subraya que el juicio de amparo es un medio de control constitucional contra los actos emitidos con motivo del ejercicio de poder.


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