La Ley de Justicia para Adolescentes en Sonora establece que menores entre 14 y 16 años no pueden ser sentenciados a más de tres años de prisión.
En Sonora, los adolescentes de entre 14 y 16 años no pueden ser sentenciados a más de tres años de prisión, de acuerdo con la Ley de Justicia para Adolescentes, informó Rafael Acuña Griego, presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), al referirse a los alcances de la legislación vigente.
El titular del Poder Judicial explicó que la normativa establece sanciones diferenciadas según la edad de los menores que incurren en un delito. Precisó que en el caso de quienes tienen entre 12 y 14 años no se contempla la privación de la libertad, mientras que para el grupo de 14 a 16 años se fija un tope máximo de tres años de internamiento.
“La ley que prevé las penas para adolescentes se basa en el grupo etario al que pertenecen; en el caso de 12 a 14 años no procede la prisión”, detalló el magistrado al explicar el funcionamiento del marco legal vigente en la entidad.
Este esquema cobra relevancia en el caso de Lelyla Monserrat, adolescente de 15 años que fue asesinada en septiembre de 2025 en el ejido El Desierto, municipio de General Plutarco Elías Calles, presuntamente por otras dos menores de edad.
De acuerdo con las investigaciones, la víctima fue convencida de salir de su domicilio bajo engaños y posteriormente trasladada a otro inmueble, donde fue asfixiada, mientras una de las agresoras grababa lo ocurrido.
Por este hecho, las responsables recibieron sanciones que han sido calificadas como insuficientes por la familia: una fue sentenciada a dos años y 10 meses de internamiento, mientras que la otra obtuvo 11 meses de libertad asistida.
