Avalan en México la pensión de ascendencia IMSS 2026: requisitos para lograr un aumento del 90%

La pensión es uno de los temas que más interés genera entre millones de mexicanos, y si estás bajo la Ley del 73 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) debes saber que tras una serie de resoluciones históricas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el panorama para la pensión de ascendencia ha cambiado radicalmente en este 2026, eliminando barreras que antes parecían invencibles.

El cambio histórico: de un 20% a un 90% de pago

Hasta hace poco, el IMSS otorgaba a los padres solo el 20% de la pensión que le correspondía al hijo fallecido. Sin embargo, mediante el Amparo en Revisión 252/2023 (y criterios reafirmados a inicios de 2026), la Corte determinó que este porcentaje es discriminatorio. Ahora, si los padres son los únicos beneficiarios, tienen derecho a recibir hasta el 90%, igualando el monto que recibiría una viuda.

Para acceder a este beneficio en 2026, el IMSS y las autoridades judiciales exigen el cumplimiento de los siguientes puntos:

Acreditar la dependencia económica: Este es el punto más crítico. Se debe demostrar que los padres dependían totalmente del ingreso del hijo(a) fallecido. Generalmente, se requiere una resolución judicial de dependencia económica emitida por un juez de lo familiar.
Inexistencia de otros beneficiarios: La pensión de ascendencia solo procede si el trabajador fallecido no tenía esposa(o), concubina(rio) ni hijos con derecho a pensión.
Semanas de cotización: El asegurado debió tener un mínimo de 150 semanas cotizadas al momento de morir (salvo si el fallecimiento fue por un riesgo de trabajo, en cuyo caso no hay mínimo).
Vigencia de derechos: El trabajador debía estar activo en el IMSS o dentro de su periodo de conservación de derechos.
¿Qué documentos necesito para aumentar mi pensión del IMSS?
Acta de defunción del hijo(a).
Acta de nacimiento del solicitante (para acreditar el vínculo filial).
Identificación oficial vigente y CURP.
Estado de cuenta de la AFORE del fallecido.
Comprobante de domicilio (no mayor a 3 meses).
Esta es una noticia maravillosa para millones de personas, pues además en un fallo reciente de marzo de 2026, la Corte abrió la puerta a que familiares no directos, es decir a tíos, hermanos o abuelos, que ejercieron un rol de padres y dependían del fallecido, también puedan solicitar esta protección, reconociendo la diversidad de las familias mexicanas.

https://www.msn.com/es-mx/dinero/noticias/suprema-corte-avala-la-pensi%C3%B3n-de-ascendencia-imss-2026-requisitos-para-lograr-un-aumento-del-90/ar-AA1Zax4G?ocid=hpmsn&cvid=69c08bb887cc4ff3a31e3544302fa248&ei=61

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